Tras haber sido reconocido por el Gobierno andaluz como municipio 103 de la provincia de Almería tras segregarse de Berja, Balanegra ha dado un paso más, presentado a aprobación su bandera y escudo, lo cual ha sido admitido a trámite.
Mediante Decreto del Consejo de Gobierno 144/2015, de 2 de junio, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 118, de 19 de junio de 2015, se aprueba la creación del municipio de Balanegra (Almería), por segregación de la Entidad Local Autónoma de Balanegra del término municipal de Berja (Almería).
En sesión celebrada por el pleno de la Corporación (Comisión Promotora) del municipio de Balanegra (Almería) el día 28 de julio de 2015, se acuerda con la mayoría exigida en el artículo 14 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, seguir utilizando como símbolos propios del municipio, el escudo y la bandera de la extinta Entidad Local Autónoma de Balanegra.
En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en los artículos 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, apartado b) del artículo 12.2 del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y Administración Local, y artículo 3 del Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías,
Mediante Resolución de esta Dirección General, de fecha 30 de noviembre de 2004, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 246, de 20 de diciembre de 2004, se admitía en el Registro Andaluz de Entidades Locales la inscripción del escudo de la Entidad Local Autónoma de Balanegra (Almería). Asimismo, mediante Resolución de esta Dirección General, de fecha 8 de febrero de 2011, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 39, de 24 de febrero de 2011, se admitía en dicho Registro la inscripción de la bandera de la mencionada Entidad Local Autónoma. Los referidos símbolos se inscribían con las siguientes descripciones, siendo las imágenes gráficas de los mismos las que obran en el expediente:
ESCUDO:
Descripción: Escudo partido y cortado, coronado por la corona real. Primer campo: En gules, con una torre, en plata. Segundo campo: En sinople, con una noria, en oro. Tercer campo: En azur, con tres líneas onduladas, en plata, un sol, ubicado a Levante.
BANDERA:
Descripción: Bandera rectangular de proporciones 3:2 (largo por ancho); dividida en dos franjas horizontales mediante una línea ondulada: azul la inferior y blanca la superior; en el centro de ésta, el escudo local.