n El Ayuntamiento aprobó una ordenanza fiscal por el aprovechamiento y la utilización del dominio público local a las operadoras móviles
En agosto de 2010 el pleno del Ayuntamiento de Berja aprobaba la ordenanza reguladora de las tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local que tenía como objetivo cobrar a las operadoras de telefonía móvil cobrar por la utilización del suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales.
La Ordenanza se sostenía legalmente en una sentencia de febrero de 2009 del Tribunal Supremo en la que se ratificaba la facultad de los Ayuntamientos para aplicar la tasa municipal por el aprovechamiento del dominio público local que realizan las operadoras de telefonía móvil.
En octubre de 2010, tanto Telefónica Móviles España, S.A. y France Telecom España S.A. (Orange) iniciaban sendos procedimientos judiciales ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Finalmente, el TSJA se pronuncia a favor de Telefónica Móviles España anulando la ordenanza por no ser conforme a Derecho.
Argumenta el Tribunal en la sentencia que la ordenanza debe ser anulada puesto que se asume que las operadoras de telefonía móvil ocupan el dominio público local tanto en relación con sus infraestructuras propias como en las ajenas de otras operadoras y no sería posible cuantificar su deuda tributaria en el último de los casos.
Además se basa en una sentencia de 2012 del Tribunal Supremo en la que anula una ordenanza similar, centrándose en una directiva europea que no permite percibir cánones de las operadoras por el concepto que grava la ordenanza si no que sólo se aplicaría a las propietarias de las infraestructuras.