El Ayuntamiento de Berja ha aprobado de modo definitivo unas ordenanzas contra el absentismo escolar, en las que se recoge que habrá multas de hasta mil euros para los padres que sean responsables de la inasistencia de sus hijos al colegio.

Según las ordenanzas firmadas por el alcalde, Antonio Torres, el pasado 26 de noviembre, y consultadas por Noticias de Almería, el dinero que se recaude por multas y sanciones «a la realización por los técnicos integrantes de la Comisión Municipal de Absentismo Escolar de campañas de sensibilización, celebración de jornadas formativas o profesionales, dotación de equipamiento, organización de cursos educativos o de adquisición de habilidades para padres y madres, actividades de apoyo y refuerzo educativo, con el objetivo de reducir y controlar el absentismo escolar».

Las ordenanzas prevén para las infracciones leves, sanciones de 50 a 300 euros, para las graves de 301 a 600 euros, y para las muy graves, de 601 a 1.000 euros. «Para la graduación de estas sanciones se tendrá en cuenta el grado de intencionalidad o negligencia, la gravedad de los perjuicios causados y el porcentaje de tiempo reglamentariamente previsto en el mes en las faltas de asistencia al Centro educativo» recoge la normativa.

Aunque la ordenanza básicamente refiere supuestos claros de absentismo, que van desde el no inscribir al menor en edad escolar en el sistema educativo o negarse a llevarlo al colegio y situaciones similares, también detalla que se considerará dentro de esta categoría el hecho de que los docentes perciban alguna situación de riesgo como síntoma o evidencia de malos tratos, carencias afectivas y/o sociales, falta de atención médica, dificultades de integración, deficiente higiene personal, o alimentación inadecuada entre otras.

Además se detalla que «la Policía local efectuará la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria, y trasladará al menor, en el caso en que haya facilitado el nombre del centro, a la Dirección o Jefatura de Estudios para que se haga cargo del mismo, conforme al Convenio de Cooperación con la Consejería de Educación para el desarrollo de programas de prevención , seguimiento y control del absentismo escolar. A tal efecto, trasladará al Colegio, a todos aquellos niños con edad escolar obligatoria, que se encuentren en vía pública en horas lectivas, salvo causas justificadas por los padres, madres, tutores o guardadores, y apreciadas por la autoridad local.»