El Ayuntamiento de Berja ha recordado a través de un bando municipal que ha repartido por los comercios del municipio, cuáles son algunas de las actividades que quedan prohibidas al amparo de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana del consistorio.
Una de las actividades que están prohibidas es regar en balcones y ventanas cuando se produzcan daños o molestias a otros vecinos. En caso contrario, el horario para el riego será entre las 6:00 y las 9:00 horas y entre las 23:00 y las 1:00 horas.
Otras actividades que recuerda el bando son la de arrojar aguas sucias… en la vía pública, y hace hincapié en el horario de depositado de basura en los contenedores, que es en invierno, de 20:00 horas a 24:00 horas y en verano, de 21:00 a 0:30 horas.
En cuanto a los animales de compañía, se obliga a las personas responsables a llevar los medios para así recoger los excrementos que depositen en cualquier lugar de las vías o lugares públicos y también se prohíbe de manera especial, la entrada de animales en zonas de recreo infantil y en zonas de estancia o paso.
El bando finaliza advirtiendo que el incumplimiento de estas normas de convivencia puede conllevar multas de hasta 3.000 euros. Este es el enlace para leer la Ordenanza íntegramente.