auto libertad no agresion sexual

Extracto del auto de libertad dictado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Berja

La mujer que aseguró haber recibido tocamientos por parte de F.J.M.L durante la reyerta del pasado 20 de junio los negó posteriormente delante del juez titular del Juzgado de Instrucción Número Uno de Berja, ante el que fueron puestos a disposición los dos virgitanos detenidos y para los que se decretó libertad tras no presentarse pruebas que corroboraran los hechos denunciados.

La Fiscalía pedía para F.J.M.L prisión provisional comunicada y sin fianza en una causa en la que la denunciante inicialmente ante la policía relató «tocamientos, especialmente en los pechos, tocamientos que no refiere a preguntas de S. Sª en su declaración judicial, y que preguntada expresamente por los mismos declara haberse producido un forcejeo con agarrones en la ropa y no tocamientos».

Añade el juez en el auto de libertad al que ha tenido acceso Berjadigital, que «el delito de agresión sexual imputado en sede policial queda desdibujado por la propia declaración de la perjudicada que no ratifica lo dicho en sede policial».

Una de las principales pruebas que motivaron dicho auto fue el informe elaborado por la Policía Judicial de El Ejido y que descartaba que «los supuestos impactos de proyectil que presenta el vehículo […] no son compatibles con la morfología característica de impactos de armas de fuego en superficies acristaladas, por lo que se termina que su origen es indeterminado y no compatible con arma de fuego». A los dos vecinos de Berja se les detuvo inicialmente como presuntos autores de un delito de homicidio en grado de tentativa por esos supuestos disparos que la policía ha descartado de manera rotunda.

La reyerta tuvo lugar en un bar de la carretera de Adra el día 20 de junio en torno a las 00:30 horas y hasta el lugar se desplazó la Guardia Civil requeridos por la Policía Local de Berja que solicitó colaboración.