El Ayuntamiento de Berja abre el plazo de solicitud para participar en el Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación que ha convocado de nuevo la Junta de Andalucía como prórroga de las medidas urgentes que propuso en el ejercicio anterior con el objeto de favorecer la inclusión social y paliar las situaciones de necesidad derivadas de la dificultad de acceso al mercado laboral para personas en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.
Las solicitudes se podrán presentar desde el próximo martes 1 de septiembre, permaneciendo abierto hasta el viernes día 11 de septiembre en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Berja.
La dotación que ha dispuesto la administración andaluza para Berja ha sido de 62.654 euros, una cantidad ligeramente superior a la que recibió el pasado año. La documentación necesaria para poder solicitar el programa será:
– Fotocopia del DNI del solicitante
– Libro de familia
– Volante de convivencia
– Certificados del SAE de ser demandante de empleo de todos los miembros de la unidad de convivencia en edad laboral
– Justificantes de ingresos de la unidad familiar desde febrero de 2014
– Vida laboral reciente de todos los miembros de la unidad familiar en edad laboral.
Condiciones:
1.- Estar empadronado en el municipio donde presenten la solicitud y reunir los siguientes requisitos:
Que en el momento de la presentación de la solicitud se encuentre en situación de demandante de empleo inscrito en el SAE y no haya trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud.
2.- Que el solicitante pertenezca a una Unidad Familiar donde concurran las siguientes circunstancias:
Que al menos un año antes de la presentación de la solicitud, todas las personas que componen la Unidad Familiar hayan estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de género y las personas andaluzas retornadas.
3.- Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de la unidad familiar sea:
a) a) Inferior al Indicador Público de renta de efectos múltiples (IPREM), para unidades familiares de una sola persona. (532,51 €)
b) b) Inferior a 1,3 veces el IPREM para unidades familiares de dos personas. (692.26 €)
c) Inferior a 1,5 veces el IPREM para unidades familiares de tres personas. (798.76 €)
d) Inferior a 1,7 veces el IPREM para unidades familiares de cuatro o más personas. (905.26 €)
A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.