Ya ascienden a 19 las sanciones impuestas por la Policía Local de Berja por el incumplimiento de las medidas contempladas en el estado de alarma decretado por el Gobierno de España. Desde el lunes, que se había multado a 9 personas, ha aumentado en diez las denuncias por no atender a las órdenes de las autoridades.

Uno de los comportamientos más llamativos, que se ha registrado esta misma mañana, ha sido el de una persona que se ha dirigido con su vehículo hasta el aparcamiento del Complejo Arqueológico de Villavieja y desde allí ha decidido iniciar un paseo por las inmediaciones del anfiteatro y muralla. La imagen que poco a poco deja de verse es la de ciudadanos que pasean una y otra por las calles de Berja de manera injustificada. A los controles de la Policía Local de Berja que se realiza tanto a viandantes como a vehículos, también se suman los que está realizando la Guardia Civil.

Durante el estado de alarma no está permitido salir a pasear. Sólo se podrá circular por la vía pública para realizar las actividades que señala el decreto. Comprar alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad, ir al médico, ir al trabajo, retornar al lugar de residencia, asistir a mayores, menores o personas dependientes, ir a entidades financieras y de seguros o salir por causa de fuerza mayor. También se incluye cualquier otra actividad similar que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo de 2020, que declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, contempla en su artículo 20 la tipificación del incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades como Guardia Civil y Policía Local.

Las sanciones que podrían aplicarse a los vecinos que están incumpliendo el estado de alarma están consideradas como graves con multa de 601 a 30.000 euros por la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación.