Este miércoles 1 de junio ha entrado en vigor la prohibición del uso del fuego y la circulación de vehículos a motor en los espacios forestales y de influencia forestal; es decir, en aquellos terrenos ubicados en una franja de 400 metros alrededor de estas zonas. En cuanto al fuego, la prohibición incluye tanto las quemas agrícolas como la realización de barbacoas, incluso en las áreas recreativas como la del Parque Periurbano de Castala.
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible establece el período de alto riesgo de incendios forestales hasta el 15 de octubre, prohibiendo el uso del fuego en las zonas de influencia forestal y circular con vehículos a motor, por ejemplo, por las pistas forestales de la Sierra de Gádor.
Entre las excepciones a esta orden, que deben contar siempre con la aprobación previa de la delegación territorial de la provincia correspondiente, pueden encontrarse la preparación de alimentos en campamentos infantiles y el uso de calderas de destilación, hornos de carbón y piconeo. Asimismo, también podrían realizarse barbacoas en establecimientos de alojamientos turísticos y en restaurantes rurales que, en ambos casos, estén previamente autorizados para ello.
Respecto al tránsito de vehículos a motor, entre los pocos casos contemplados como excepcionales se encuentran, por ejemplo, el uso de las servidumbres de paso, los servicios de emergencia o extinción de incendios y las actividades ecoturísticas autorizadas.